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Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024) y la normativa vigente del Régimen Comunitario, se han definido distintas vías legales para residir en España. Aquí te explicamos las más comunes:
1. Residencia Temporal No Lucrativa
- Finalidad: Residir sin trabajar en España.
- Requisitos: Medios económicos, seguro médico, sin antecedentes penales.
- Duración: 1 año renovable.
- Solicitud: Desde el país de origen. El extranjero debe estar fuera de España.
2. Residencia por Reagrupación Familiar
- Finalidad: Reunir al cónyuge, pareja, hijos menores o ascendientes dependientes.
- Derechos: El familiar puede trabajar automáticamente.
- Solicitud: Desde España por el reagrupante. El familiar debe solicitar visado desde el país de origen.
3. Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena
- Finalidad: Empleo con contrato en empresa española.
- Solicitud: Desde España por parte del empleador. El extranjero debe solicitar visado en su país.
4. Residencia y Trabajo por Cuenta Propia
- Finalidad: Emprender un negocio como autónomo.
- Solicitud: Desde el país de origen, salvo excepciones (arraigo, estancia legal).
5. Residencia por Circunstancias Excepcionales (Arraigo)
- Tipos vigentes en 2025: Arraigo social, sociolaboral, familiar, socioformativo, de segunda oportunidad.
- Duración: Generalmente 1 año.
- Solicitud: Desde España. Requiere permanencia previa y vínculos con el entorno.
6. Residencia con Excepción a la Autorización de Trabajo
- Finalidad: Para religiosos, investigadores, artistas, entre otros.
- Solicitud: Desde el país de origen o desde España si ya se tiene estancia legal previa.
7. Residencia para Familiares de Españoles
- Finalidad: Otorgar residencia a familiares de ciudadanos españoles.
- Duración: Hasta 5 años con permiso de trabajo.
- Solicitud: Desde el país de origen, en algunos casos puede estar en España e incluso en situación irregular.
8. Régimen Comunitario
A) Ciudadanos de la Unión Europea
- Finalidad: Residir en España más de 3 meses.
- Documento: Certificado de Registro como Ciudadano de la Unión.
- Requisitos: Estar trabajando, estudiando o tener medios económicos y seguro médico (el seguro lo contratas con nosotros).
- Solicitud: Desde España.
B) Familiares de Ciudadanos de la UE
- Beneficiarios: Cónyuge, pareja registrada, hijos menores o dependientes, ascendientes.
- Derechos: Residencia y trabajo generalmente por cinco años.
- Solicitud: Desde España..
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