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La residencia por circunstancias excepcionales sobrevenidas es una medida adoptada por el Gobierno de España para proteger a los extranjeros afectados por la DANA, evitando que su situación migratoria se vea perjudicada por la catástrofe natural.

Este permiso otorga estabilidad jurídica y laboral a los beneficiarios, permitiéndoles trabajar en España y, posteriormente, modificar su autorización a otro tipo de residencia, por lo que desde el día de la autorización ya comienza a contar el tiempo para la nacionalidad.
Si cumples con los requisitos y te encuentras en uno de los municipios afectados (ver al final la lista), te recomendamos iniciar el trámite cuanto antes, ya que el plazo de solicitud es limitado.
España ha establecido un procedimiento especial para conceder autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales sobrevenidas a extranjeros afectados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que golpeó la Comunitat Valenciana entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Este permiso de residencia permite regularizar la situación de personas extranjeras que se encontraban empadronadas en los municipios afectados y que, debido a la catástrofe, han visto comprometida su estabilidad laboral, social y administrativa.
A continuación, explicamos el procedimiento y requisitos para solicitar esta autorización de residencia.
¿Quiénes pueden solicitar esta residencia?
Según las Instrucciones aprobadas por el Consejo de Ministros, pueden solicitar esta autorización:
- Personas extranjeras empadronadas en los municipios afectados antes del 4 de noviembre de 2024, o que hubieran solicitado cita para empadronarse antes de esa fecha.
- Familiares directos de las personas que cumplen el criterio anterior, siempre que puedan acreditar convivencia antes del 4 de noviembre de 2024.
Se considera familiares directos a:
- Cónyuge o pareja estable, incluyendo parejas registradas y aquellas que acrediten una relación de al menos un año de convivencia (o menos si tienen hijos en común).
- Hijos menores de edad del solicitante o de su cónyuge/pareja.
- Hijos mayores de edad con discapacidad o en situación de dependencia económica por motivos de salud.
Requisitos para solicitar la residencia por circunstancias excepcionales sobrevenidas
Para acceder a esta autorización de residencia, los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Empadronamiento previo en alguno de los municipios afectados o haber solicitado cita para empadronarse antes del 4 de noviembre de 2024.
- Carecer de antecedentes penales en España y en cualquier otro país donde hayan residido en los últimos cinco años.
- No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
- No tener prohibida la entrada a España ni figurar como rechazable en el espacio Schengen.
- No estar sujeto a un compromiso de no retorno a España tras haber realizado un retorno voluntario a su país de origen.
Documentación necesaria para la solicitud
Para tramitar la solicitud, el interesado deberá presentar la siguiente documentación:
- Copia completa del pasaporte en vigor, cédula de inscripción o título de viaje reconocido por España.
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos anteriores, especialmente el empadronamiento.
- Si la solicitud es para familiares, documentación que acredite el vínculo (certificado de matrimonio, libro de familia, certificado de nacimiento, etc.).
En casos excepcionales, si el solicitante no puede presentar ciertos documentos debido a la DANA, se aceptarán otros medios de prueba alternativos.
Procedimiento para la solicitud
1. Presentación de la solicitud
La autorización de residencia se puede solicitar con nuestro despacho de forma telemática sin necesidad de buscar citas en extranjería. Sólo debes contactarnos.
- De manera presencial, en la Oficina de Extranjería correspondiente.
- De manera electrónica, a través de YoEmigro Abogados.
Los plazos para la presentación son tres meses desde la entrada en vigor de las instrucciones, por lo que el plazo para presentar la solicitud es hasta el 13 de mayo.
2. Resolución y expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
Si la autorización es concedida, el solicitante deberá solicitar personalmente su Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la comisaría correspondiente.
Duración y renovación de la autorización
- Vigencia de la autorización: 1 año, salvo que sea para familiares de víctimas mortales de la DANA, que será por cinco años.
- Derecho a trabajar: Sí, permite trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia en cualquier parte de España y en cualquier sector.
- Renovación o modificación:
Desde dos meses antes de la expiración hasta tres meses después, se solicita la modificación a otro tipo de residencia y trabajo, según lo establecido en el Reglamento de Extranjería.
- Si la solicitud de modificación se presenta antes del vencimiento o hasta tres meses después, la autorización actual se prorroga automáticamente hasta la resolución del procedimiento.
Para más información y asesoría personalizada, en YoEmigro Abogados podemos ayudarte a gestionar tu solicitud con éxito.
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Lista de municipios afectados por la DANA
El Anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, trae la lista de los municipios afectados por la DANA.
Los municipios incluidos en las instrucciones son los siguientes: Alaquàs, Albal, Albalat de la Ribera, Alborache, Alcàsser, L’Alcúdia, Aldaia, Alfafar, Alfarb, Algemesí, Alginet, Alhaurín de la Torre, Almussafes, Alzira, Benetússer, Benifaió, Beniparrell, Bétera, Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Carlet, Catadau, Catarroja, Caudete de las Fuentes, Corbera, Quart de Poblet, Cullera, Chera, Cheste, Xirivella, Chiva, Dos Aguas, Favara, Fortaleny, Fuenterrobles, Gestalgar, Godelleta, Guadassuar, Letur, Llíria, Loriguilla (solo núcleo urbano junto A3), Llocnou de la Corona, Llaurí, Llombai, Macastre, Manises, Massanassa, Mira, Mislata, Montserrat, Montroi/Montroy, Paiporta, Paterna, Pedralba, Picanya, Picassent, Polinyà de Xúquer, Real, Requena, Riba-roja de Túria, Riola, Sedaví, Siete Aguas, Silla, Sinarcas, Sollana, Sot de Chera, Sueca, Tavernes de la Valldigna, Torrent, Turís, Utiel, València (pedanías sur: Faitanar, La Torre, Forn d’Alcedo, Castellar-Oliveral, Pinedo, El Saler, El Perellonet y El Palmar), Vilamarxant, Yátova, Benicull de Xúquer.
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