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¿Vives en España desde hace tiempo, pero aún no has podido regularizar tu situación? El nuevo arraigo social en España (que es muy diferente a lo que se conocía hasta ahora como «arraigo social»), puede ser tu oportunidad para conseguir la residencia legal por circunstancias excepcionales. En este artículo te explicamos paso a paso cómo solicitar el arraigo social en 2025, los requisitos exigidos por el nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024) y todas las formas válidas para demostrar medios económicos.

¿Listo para comenzar tu camino hacia la residencia legal en España? Sigue leyendo y descubre cómo hacerlo posible.
¿Qué es el arraigo social?
El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que puedes solicitar si llevas al menos dos años viviendo en España de forma continua y puedes demostrar tanto tu permanencia como tu integración social. Es una de las vías legales para regularizar tu situación en España sin papeles, pensada para quienes ya forman parte activa de la sociedad española.
¿Cuáles son los requisitos del arraigo social en 2025?
Estos son los requisitos generales establecidos en el nuevo reglamento de extranjería:
- Estar en España en el momento de presentar la solicitud.
- Haber residido de forma continuada durante al menos dos años (normalmente se comienza a contar desde la fecha de empadronamiento).
- No ser solicitante de protección internacional mientras se tramita la solicitud.
- El tiempo como solicitante de asilo no cuenta para la solicitud de arraigo (te lo explicamos más adelante).
- No tener antecedentes penales ni en España ni en los países donde hayas residido en los cinco años anteriores a tu entrada a España.
- No estar sujeto a un compromiso de no retorno anterior.
- Haber abonado la tasa correspondiente.
¿Y si fuiste solicitante de asilo?
Uno de los errores más comunes al calcular los dos años de permanencia exigidos para el arraigo social es contar el tiempo en el que se fue solicitante de asilo. Sin embargo, el nuevo Reglamento de Extranjería es claro: el tiempo en que se ha tramitado una solicitud de protección internacional no cuenta para el cómputo del arraigo social.
Esto incluye desde la manifestación de voluntad de solicitar asilo, la emisión de la conocida hoja blanca, hasta el periodo con tarjeta roja. En caso de haber presentado una solicitud de asilo, los dos años de residencia requeridos comenzarán a contarse desde una de estas dos fechas:
- Desde la resolución denegatoria definitiva, si no has presentado recurso.
- Desde la resolución que acepta tu desistimiento, si decidiste abandonar el procedimiento voluntariamente.
Contar adecuadamente este plazo es esencial para evitar que tu solicitud de arraigo social sea inadmitida o denegada por no cumplir el requisito de residencia continuada.
Vías para solicitar el arraigo social
Existen dos opciones principales para acceder a esta autorización de residencia:
- Tener familiares en España: si vives con un cónyuge, pareja registrada, padres o hijos que tengan residencia legal en España, puedes usar esta vía. Ellos deben demostrar que tienen medios económicos suficientes para cubrir tus gastos, equivalentes al 100% del IPREM.
- Informe de integración social: si no tienes familiares en España, necesitas un informe favorable emitido por los servicios sociales de tu comunidad autónoma, donde se evaluará tu grado de integración social, tu participación comunitaria y conocimiento del idioma.
¿Cómo demostrar que tienes medios económicos?
Este es uno de los puntos clave del arraigo social en España. Para demostrar que puedes mantenerte sin depender del sistema público, existen tres formas aceptadas por el nuevo reglamento:
1. Tus familiares te sostienen
Si vives con familiares extranjeros que tengan residencia legal en España, ellos pueden declarar que se hacen cargo de ti. Esto es especialmente útil si estás solicitando el arraigo social con vínculos familiares.
Los familiares pueden ser: cónyuge o pareja registrada y a los familiares en primer grado en línea directa.
Deberás presentar:
- Una declaración responsable de sostenimiento económico emitida por el familiar que demostrará los medios económicos.
- Pruebas del vínculo familiar y de convivencia (empadronamiento, certificados de nacimiento, de matrimonio, etc.).
- Prueba de convivencia (padrón familiar).
- Justificación de ingresos (nóminas, declaraciones de renta, certificados bancarios, etc.), siempre que sean medios económicos disponibles en España.
- En cualquier caso, deben tener disponible más del 100% del IPREM al momento de la solicitud.
2. Tienes un negocio propio
¿Eres autónomo o quieres emprender? Puedes acreditar tus medios con una actividad por cuenta propia. Esta es una opción muy utilizada por quienes desean obtener el arraigo social por cuenta propia. Debes:
- Demostrar experiencia o formación relacionada con tu actividad.
- Presentar un plan de negocio viable que proyecte ingresos suficientes.
- Probar que generarás ingresos desde el primer año, según lo establecido en el artículo 84 del reglamento de extranjería.
- Es recomendable un plan de empresa avalado por alguna asociación de autónomos o institución especializada.
¿Cuánto tiempo dura la residencia por arraigo social?
La autorización de residencia por arraigo social tiene una duración inicial de 1 año y te permite trabajar legalmente en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. Una vez finalizado ese año, si has trabajado, puedes modificar tu autorización a una residencia y trabajo por cuenta ajena o propia de 4 años.
Pasos para solicitar el arraigo social
¿Quieres saber cómo solicitar el arraigo social en España en 2025? Aquí te lo resumimos:
- Reúne toda la documentación exigida por la Oficina de Extranjería.
- Solicita cita previa para presentar tu solicitud de residencia por arraigo social.
- Espera la resolución, que puede tardar hasta tres meses.
- Una vez aprobada, solicita tu tarjeta de identidad de extranjero (TIE).
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¿Quién puede ayudarte?
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